MP obtiene 30 años de prisión contra hombre acusado de la muerte de una comerciante en Montecristi

Montecristi.- El Ministerio Público de Montecristi consiguió que el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de esta jurisdicción impusiera 30 años de prisión contra un hombre acusado,…

Montecristi.- El Ministerio Público de Montecristi consiguió que el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de esta jurisdicción impusiera 30 años de prisión contra un hombre acusado, junto a otros tres, de haberle provocado la muerte a una comerciante y agredir a un hermano de ésta mientras perpetraban un robo en su residencia.

La pena máxima establecida en el país fue impuesta contra José Miguel Parra Beato, luego que fuera hallado culpable de causarle la muerte con un arma de fuego ilegal  a la señora Dulce Evelia Tavárez y de propinarle golpes y heridas al señor Carlos Alberto Tavárez Espinosa, ambos de avanzada edad.

La Procuraduría Fiscal de Montecristi, que dirige la magistrada Yoanna Bejarán, a través del procurador fiscal Nilvio Martínez, acusó a Parra Beato de penetrar  el 4 de octubre del año 2010 a la residencia de los hermanos, ubicada en el ensanche Hermanas Mirabal, antigua Mejoramiento Social, donde luego de cometer el hecho sustrajo una cantidad indeterminada de dinero y varias prendas preciosas, propiedad de la occisa.

Durante el desarrollo de la audiencia fueron presentados suficientes elementos de pruebas, entre ellos, documentales que contenían certificados del arma  ilegal utilizada para cometer el hecho, también de las actas del levantamiento del cadáver por parte de la médico legista, así como de arresto y de registro de vehículos. También  pruebas testimoniales e ilustrativas con fotografías tomadas en la escena del crimen por la Policía Científica y de un vehículo visto por uno de los testigos   en los alrededores donde se cometió el hecho momentos antes de que este ocurriera.

El imputado fue acusado de violar las disposiciones contenidas en los artículos 265, 266, 295-298, 304, así como en los artículos 379, 382, 385 y 309 del Código Penal Dominicano, y la Ley 36 por uso ilegal de arma de fuego, lo cual fue acogido por el tribunal.

 

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